1) El inquilino elige un inmueble y acuerda un precio de alquiler.
2) Reserva de la propiedad: el inquilino deberá firmar un documento
proporcionado por la inmobiliaria donde se establecen las condiciones del
contrato y deberá realizar un depósito de reserva como seña de la misma.
3) Documentación: El inquilino deberá presentar a la inmobiliaria, en un
plazo de 5 días hábiles, la documentación para iniciar el trámite con la
garantía la cual varía según la empresa que sea.
• Garantía. Dependiendo de la garantía, varía el tipo de documentación a presentar.
FIDECIU: es una empresa que brinda garantías de alquiler a través de
inmobiliarias afiliadas a la CIU (Cámara Inmobiliaria del Uruguay), para
trabajadores públicos o privados, independientes, jubilados y pensionistas de
todas las cajas y a empresas, para vivienda o local comercial. Fideciu le
cobrará un determinado porcentaje tanto al propietario como al inquilino al que
también afilia a COMAG pudiendo disfrutar de sus beneficios.
El propietario cobra el alquiler a partir del 8vo día hábil del mes.
Link: www.fideciu.com.uy
ANDA: Es una empresa que brinda garantías de alquiler. El inquilino debe
afiliarse y Anda le cobrará un determinado porcentaje tanto al inquilino como al
propietario por el servicio que brinda.
El propietario cobra el alquiler a partir del día 14 del mes.
Link: www.anda.com.uy
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN: Es una garantía que brinda el
estado a la cual pueden acceder: empleados públicos, jubilados y pensionistas,
beneficiarios Mvot y empleados de empresas privadas inscriptas en SGA.
Permite, a través de un trámite que le descuenta del sueldo -al inquilino- el
monto de alquiler y lo transfiere directamente a la inmobiliaria o Dueño de la
Propiedad, Cobra como comisión un 3% al inquilino y también al propietario
Link: www.cgn.gub.uy
Aseguradoras: Mapfre, Porto Seguros, Sancor, Sura, Zurich Santander: Son
empresas aseguradoras que brindan pólizas en garantía de arrendamientos,
tanto para destino vivienda o comercial. El inquilino deberá dirigirse a dicha
entidad y presentar la documentación solicitada para el estudio crediticio y
posterior otorgamiento, o puede tramitarlo directamente en la inmobiliaria.
Dicha póliza tiene un costo anual que lo determinará la aseguradora en base al
monto del alquiler, el cual no exime los honorarios correspondientes al contrato
de arrendamiento.
4) Contrato: Una vez que se presentan y son aceptadas las garantías,
referencias y toda la documentación detallada anteriormente, se realiza un
inventario a la propiedad y se firman el contrato y el inventario, estableciendo
los plazos y condiciones pre acordados.
5) Comisión inmobiliaria: Comisión Inmobiliaria es medio mes de alquiler más
IVA al inquilino y medio mes más IVA al propietario.